Beneficio por Nacimiento y/o Adopción
A continuación se detallan los requisitos necesarios para acceder a los beneficios por Naciemiento y o Adopción para nuestros afiliados a Ca.P.S.M.I.:
Requisitos:
* Formulario de solicitud debidamente suscripto.-
* Acta de Nacimiento del menor o Sentencia de Adopción, firme y debidamente consentida, según corresponda.-
* Fotocopia de Documento Nacional de identidad del afiliado y del menor.-
* Antigüedad en la afiliación no inferior a 1 (uno) año.-
* Libre deuda actualizado expedido por la Ca.P.S.M.I..-
En los casos de nacimiento múltiple, queda expresamente establecido que se abonara el subsidio por cada hijo.-
Plazo de presentación: la Solicitud debe ser presentada en un máximo de 120 (ciento veinte) días, contados a partir del nacimiento del menor.-
La asignación del subsidio por nacimiento, se otorgara a todo afiliado cuyo hijo naciera vivo o muerto, después de seis meses de gestación y cumpla con los requisitos antes mencionados.-
Monto del subsidio: El equivalente al haber de la categoría A.-