Beneficio por Nacimiento y/o Adopción

A continuación se detallan los requisitos necesarios para acceder a los beneficios por Naciemiento y o Adopción para nuestros afiliados a Ca.P.S.M.I.:

Requisitos:

* Formulario de solicitud debidamente suscripto.-

* Acta de Nacimiento del menor o Sentencia de Adopción, firme y debidamente consentida, según corresponda.-

* Fotocopia de Documento Nacional  de identidad del afiliado y del menor.-

* Antigüedad en la afiliación no inferior a 1 (uno) año.-

* Libre deuda actualizado expedido por la Ca.P.S.M.I..-

En los casos de nacimiento múltiple, queda expresamente establecido que se abonara el subsidio por cada hijo.-

Plazo de presentación: la Solicitud debe ser presentada en un máximo de 120 (ciento veinte) días, contados a partir del nacimiento del menor.-

La asignación del subsidio por nacimiento, se otorgara a todo afiliado cuyo hijo naciera vivo o muerto, después de seis meses de gestación y cumpla con los requisitos antes mencionados.-

Monto del subsidio: El equivalente al haber de la categoría A.-